sábado, 11 de marzo de 2017

ESTA ES TU OPORTUNIDAD DE SER LIBRE: CUMPLE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA.





¡NADIE ESTÁ POR ENCIMA DE LA LEY!

(Sábado, 11 de marzo de 2017)

 

¿QUIÉN LO DIJO?

Yo diría esa frase con toda propiedad, si en verdad yo fuera un ciudadano hondureño cumplidor de la Ley, pero, si yo ni siquiera sé que existe una Constitución de La República y desconozco también su significado, diría que la persona que expresó esa frase está en lo correcto y que vale la pena creer lo que él piensa y razona; pero otra vez el ‘pero’, pero, la verdad es que esa persona que tanto insiste en pronunciar la frase: “NADIE ESTÁ POR ENCIMA DE LA LEY”, es el primero en desconocerla, qué hacer en este caso.

¿Denunciarla públicamente?

Como lo manifestara anteriormente, yo como ciudadano hondureño cumplidor de mis deberes ciudadanos y tal como lo podemos encontrar en el Artículo 40 de nuestra Ley fundamental, y hago esta denuncia pública, por el hecho de que denuncio que el individuo que dijo esa frase es un violador de la Ley y lo peor del caso, ‘traidor a la patria’, porque él es el que siendo Gobernante para un período de Cuatro (4) años, conforme a la Constitución y sabe que ella misma ‘prohíbe’ el continuismo y la ‘reelección’, contenido en los Artículos: 239 y 4 Constitucionales, porque así lo expresa el Artículo 374 en el supuesto de ese artículo y siendo este individuo quien se tomó el atrevimiento de violar los artículos que acabamos de citar, sin importarle que esta Constitución no pierde su vigencia ni deja de cumplirse por acto de fuerza (Golpe de Estado Militar) o cuando fuere supuestamente derogada o modificada por cualquier otro medio y procedimientos distintos del que ella (Constitución) dispone; al darse estos hechos por parte del que nos dice a nosotros los Gobernados:

¡NADIE ESTÁ POR ENCIMA DE LA LEY!

Solamente haría falta que dijera también: ¡Solo… YO!

Y sabe usted que desde el mismo instante en que se reformaron esos artículos constitucionales irreformables, todos los Gobernantes actuales y quienes lo apoyen, se convirtieron en usurpadores de los Poderes de La República y suplantadores de la soberanía popular, y lo peor de todo este caso es que dejaron de gozar la calidad de ciudadanos, porque así lo expresa el Artículo 42 en su numeral 5:

ARTÍCULO 42.- La calidad de ciudadano se pierde:

5. Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República; y,…

Ciudadano hondureño,… existe una frase que dice:

¡Hechor y Consentidor: Pena Igual!

¿La conocían?

Muy bien. Por si acaso usted que lee esta ‘orientación ciudadana’ (www.elorientadorciudadano.blogspot.com), cuídese en perder su calidad de ciudadano, convirtiéndose también en ‘traidor a la patria’, si usted como votante, no como ‘elector’, va a ir a votar, porque usted no ha elegido a estos politiqueros de oficio, sino que lo hizo el Partido al cual usted está perteneciendo a él, entonces usted solamente un ‘votante’, a quien aprovechan ellos para llegar al Poder y enriquecerse a más no poder, y ya ellos en el Poder Político, para nada les importa: El Bien Común. Entonces, el sentido común nos dice que no hay que ir a votar, por todo lo anterior expuesto.

Todos nosotros los ciudadanos hondureños por nacimiento, lo que debemos hacer y cumplimentando nuestra Constitución de La República de Honduras vigente es, cumplir el Artículo 40 en su numeral 1 que nos manda a: cumplir, defender y hacer que se cumpla La Constitución y demás leyes.

Ciudadano hondureño, lo que debemos hacer todos, colectivamente, es renunciar a los partidos políticos a los cuales estemos perteneciendo, conforme al Artículo 64 de La Ley Electoral y de Las Organizaciones Políticas y organizarnos todos y en todo el territorio nacional en Uno Solo Partido Político, porque este acto es voluntario y así estará seguro nuestra, Estado de Honduras, al cumplir los Artículos 1 y 2:

TITULO I: DEL ESTADO

CAPITULO I

DE LA ORGANIZACION DEL ESTADO

ARTÍCULO 1.- Honduras es un Estado de derecho, soberano, constituido como república libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.

ARTÍCULO 2.- La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por representación.

La suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de traición a la Patria. La responsabilidad en estos casos es imprescriptible y podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano.

Nuestro deber de ahora en adelante es cumplir el Artículo 3 y seremos libres.

¡VALE UN MINUTO SER LIBRES QUE, TODA UNA VIDA ESCLAVOS!

 

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