martes, 13 de septiembre de 2016

CIUDADANO HONDUREÑO: ¡ALERTA! ¡AHORA O NUNCA!




CIUDADANO HONDUREÑO:

“LA PATRIA PELIGRA”

Lunes, 12 de septiembre de 2016

Sí. La Patria peligra. Esto lo afirmamos y podemos comprobar con la “Constitución de la República” vigente en mano y lo estamos haciendo actualmente por el hecho de que no se había presentado la oportunidad más objetiva y más oportuna para haberlo hecho con tanto, civismo y patriotismo, debido a las condiciones que nos brinda el Hoy.

Estoy en la obligación cívica de dar a conocer públicamente que, los individuos que se dedican en nuestro patio nacional a esta actividad política, realmente desconocen las definiciones de lo que significa “Estado”, “Constitución”, “República” y “Patria”.

Las declaraciones y las actuaciones que en estos momentos realizan los politiqueros de oficio en nuestro país, dejan mucho que desear, ignorancia demostrada públicamente en el campo de la política, tanto a propios y extraños.

Si nosotros como ciudadanos hondureños por nacimiento no tomamos nuestra Constitución de la República vigente y la leemos, estudiamos y analizamos, jamás podremos entenderla, y precisamente es el objetivo que debemos alcanzar de inmediato, y así salvar la situación caótica en que nos encontramos los ciudadanos hondureños, quienes nos encontramos en el plano de Gobernados.

Teniendo cada quien su Constitución de la República vigente en mano, debería iniciar su lectura con el “Preámbulo” y observar si en realidad, los Gobiernos que nos hemos dado al ejercer el sufragio universal cada vez que nos convocan a ejercerlo, los Institutos Políticos que han Gobernado y están Gobernando, han cumplido y están cumpliendo lo declarado en dicho aparte del preámbulo desde hace 34 años;  y que conste que lo hicieron a nombre de Dios y de nuestros Próceres.

PREAMBULO

Nosotros, Diputados electos por la voluntad soberana del pueblo hondureño, reunidos en Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios y el ejemplo de nuestros próceres, con nuestra fe puesta en la restauración de la unión centroamericana e interpretando fielmente las aspiraciones del pueblo que nos confirió su mandato, decretamos y sancionamos la presente Constitución para que fortalezca y perpetúe un estado de derecho que asegure una sociedad política, económica y socialmente justa que afirme la nacionalidad y propicie las condiciones para la plena realización del hombre, como persona humana, dentro de la justicia, la libertad, la seguridad, la estabilidad, el pluralismo, la paz, la democracia representativa y el bien común.

Como lo di a conocer en otros artículos anteriores, esta Constitución ha sido violada y roto el orden constitucional, tantas veces los Gobernantes de turno se les antojó y lo siguen haciendo.

Te has de preguntar del por qué lo hacen y sin ninguna temeridad a recibir la pena merecida.

¿Te interesa saber?

R: Nuestra Constitución vigente expresa que los Poderes de la República son Independientes, Complementarios y ‘Sin Relaciones de Subordinación’, y esto tiene que ver con el principio doctrinario que nos habla de la ‘Independencia de Poderes’ que debe prevalecer, para que la “Democracia” se concretice. ¿Por qué en la práctica no es así?

ARTÍCULO 205.- Corresponden al Congreso Nacional las atribuciones siguientes:

9. Elegir para el período constitucional nueve magistrados propietarios y siete suplentes de la Corte Suprema de Justicia y elegir su Presidente;

Se da cuenta usted del Por qué la misma ‘Constitución’ le niega al Pueblo su ‘Soberanía’ establecida en el Artículo 2:

ARTÍCULO 2.- La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por representación.

La suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de traición a la Patria. La responsabilidad en estos casos es imprescriptible y podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano.

En el año 2001 y en el mes de mayo se reformó el Título XII de nuestra Constitución vigente, cometiéndose el delito de ‘traición a la patria’ en la ‘forma de gobierno’ que está contemplada en el Artículo 374 y que nos expresa cuáles artículos de la constitución ‘no’ pueden ‘reformarse’.

Los individuos diputados ante ese Congreso del Poder Legislativo de ese momento, ‘traidores a la patria’, desconocieron lo que los diputados legisladores de la Asamblea Nacional Constituyente nos legaron en el Decreto: 131 y siguen desconociendo este “DECRETO: 131-1982”.

CAPITULO XII

DEL PODER JUDICIAL

ARTÍCULO 303.- La potestad de impartir justicia emana del pueblo y se administra gratuitamente en nombre del Estado, por magistrados y jueces independientes. El Poder Judicial se integra por una Corte Suprema de Justicia, por las Cortes de Apelaciones y los Juzgados que establezca la ley.

La Corte Suprema de Justicia tendrá su asiento en la Capital de la República, estará formada por nueve magistrados propietarios y por siete suplentes, elegidos por el Congreso Nacional y estará dividida en salas, de acuerdo con lo que disponga el Reglamento Interno de la misma Corte.

¿Por qué si la forma de Gobierno era así, nueve y siete, a partir del 2001 son 15 Magistrados?

Porque son los mismos liberales, ahora neoliberales del Bipartidismo: “P.L.H.” Y “P.N.H.” quienes lo han decidido así.

Hacemos notar que, todos los Institutos Políticos formalmente reconocidos por el Estado de Honduras, todos son de ‘ideología liberal’. No existe ni uno que sea de tendencia contraria al Estado Burgués (Liberal-Neoliberal).

En el mes de octubre del año 2003 se volvió a cometer el delito de ‘traición a la patria’, reformando los Artículos: 240 y 239 los cuales, según el Artículo 374 no deben ser reformados, pero, con qué fines, pues el de desconocer la prohibición que tiene el Presidente, tanto de la Corte Suprema de Justicia y del Congreso Nacional para ser Candidatos a la Presidencia para el período siguiente y dejar con luz ‘verde’ al que se desempeñe como Presidente del Poder Ejecutivo para su “REELECCIÓN”.

Lo mismo se está haciendo de nuevo por parte de los mismos. Y que cosas tiene la vida, el Presidente del Poder Ejecutivo actual, fue diputado en el Congreso del año 2001, y en el mismo año, 2001 y en el año 2003, fue cuando se dieron estas reformas a artículos ‘irreformables’, contenidos en el Artículo 374, y que constituyen delito de ‘traición a la patria’. Hacemos notar que, él estaba inhabilitado para haber sido diputado al Congreso Nacional, (Artículo 199 (10)

ARTÍCULO 199.- No pueden ser elegidos diputados:

10. El cónyuge y los parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los citados en los numerales 1, 2, 4, 8 y 9 precedentes, y del Secretario y Subsecretario de Estado en los Despachos de Defensa y Seguridad Pública;

Numeral 2

2. Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia;

Después vemos a este personaje criollo como Presidente del Congreso Nacional del Poder Legislativo y de allí pasa a ser el Presidente del Poder Ejecutivo, no importándole la vigencia del Artículo 374 (Artículos: 240 y 239).

Sentencia respecto a la reforma de los Artículos: 240 y 239 ‘irreformables’ del Artículo 374

ARTICULO 374.- No podrán reformarse, en ningún caso, el artículo anterior, el presente artículo, los artículos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al período presidencial, a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por el período subsiguiente.

Por eso debemos solicitar a la Secretaría de la Sala de lo Constitucional del Poder Judicial, la Sentencia N° 514=08 cuando FALLÓ: “HA LUGAR” (N° 514=08) OFICIO N° 3080-SCSJ-2008

Tome nota:

ARTÍCULO 240.- No pueden ser elegidos Presidente de la República:

1. Los Designados a la Presidencia de la República, Secretarios y Subsecretarios de Estado, Miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, Magistrados y Jueces del Poder Judicial, Presidentes, Vicepresidentes, Gerentes, Subgerentes, Directores, Subdirectores, Secretarios Ejecutivos de instituciones descentralizadas, Contralor y Subcontralor General de la República, Procurador y Subprocurador General de la República, Director y Subdirector de Probidad Administrativa, que hayan ejercido sus funciones durante los seis meses anteriores a la fecha de elección del Presidente de la República;

2. Los oficiales jefes y oficiales generales de las Fuerzas Armadas;

3. Los jefes superiores de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Policía o de Seguridad del Estado;

4. Los militares en servicio activo y los miembros de cualquier otro cuerpo armado que hayan ejercido sus funciones durante los últimos doce meses anteriores a la fecha de elección;

5. El cónyuge y los parientes de los jefes militares, miembros del Consejo Superior de las Fuerzas Armadas, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad;

6. Los parientes del Presidente y de los Designados que hubieren ejercido la Presidencia en el año precedente a la elección, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

7. Los representantes o apoderados de empresas concesionarias del Estado, los concesionarios del Estado para la explotación de riquezas naturales o contratistas de servicios y obras públicas que se costeen con fondos nacionales, y quienes por tales conceptos tengan cuentas pendientes con el Estado.

ARTICULO 239.- El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado.

El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.

Estos Artículos son ‘irreformables’ y el que lo haga comete el delito de ‘traición a la patria’.

ARTÍCULO 42.- La calidad de ciudadano se pierde:

5. Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República; y,

ARTÍCULO 272.- Las Fuerzas Armadas de Honduras, son una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante.

Se constituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el orden público y el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.

 

www.elorientadorciudadano.blogspot.com

 

Ldo. Manuel de Jesús Carías Rodríguez.

C.I. N° 0801 – 1941 – 00877

 

¡VALE MÁS UN MINUTO SER: “LIBRE”,…QUE TODA UNA VIDA: “ESCLAVO”!

Móvil: (504) 7216.9148

 

lunes, 12 de septiembre de 2016

SEPTIEMBRE: MES DE LA INDEPENDENCIA PATRIA. ¡MES DE LA LIBERACIÓN NACIONAL!





“ROMPIMIENTO DEL ORDEN CONSTITUCIONAL 2016”

10/09/2016 06:41:31 a.m.

Qué irrespeto hacia nuestra Constitución de la República de Honduras por parte de los politiqueros de oficio domésticos. Individuos que encontraron su modus, vivendi y operandi, para satisfacer sus intereses financieros y económicos personales. Lo peor de todo, comprometiendo hasta la soberanía de la patria, sirviéndole incondicional y servilmente a los intereses, también, financiero y económico, exógeno.

Esto de convivir en nuestra sociedad nacional dentro de la inconstitucionalidad e ilegalidad no es nada nuevo. Lo sorprendente sería que todos nosotros los ciudadanos hondureños, miembros integrantes del Pueblo, como, ‘Soberano’, tomáramos conciencia de ello y así poder reaccionar, cívica y patrióticamente, y salvar esta situación tan agobiante y letal en que nos encontramos. No es posible seguir conviviendo como una masa amorfa, sin ‘identidad nacional’, o sea, sin tener conciencia de quiénes somos, de dónde venimos y hacia dónde queremos llegar.

Desde el 21 de octubre de 1956, hemos estado conviviendo dentro de una tiranía de tipo, militar y civil, y de ideología liberal todos, y ahora neoliberales, en otras palabras, dentro de un Estado Burgués (Liberal y Neoliberal).

Compatriota y conciudadano, esto se origina en el Gobierno del ‘Partido Nacional Reformista’, del Abgdo. JUAN MANUEL GÁLVEZ DURÓN, quien como fiel servidor de la transnacional bananera y demás intereses, financiero y económico, exógenos, le dio visto bueno a la pretensión de Mr. Mac Namara, de EE.UU., para organizar las “Fuerzas Armadas de Honduras”, y concederles una Autonomía constitucional. Esta Institución Armada viene a garantizar la soberanía y territorialidad de nuestro Estado de Honduras y ser garantes, también, del cumplimiento de nuestra Constitución de la República. Es entonces que así, sólo partidos políticos de ideología liberal, serían reconocidos por el Estado Burgués (Liberal-Neoliberal).

Pregunta obligada, para poder explicarnos del por qué se están dando las cosas así, en el campo político nacional:

¿Quiénes siempre han convocado a la ciudadanía hondureña para instalar una Asamblea Nacional constituyente? ¿Los Gobiernos de facto Militares?

¿Por qué no ha sido el Pueblo como ‘soberano’, por medio de los Institutos Políticos, quienes debieron haberlo hecho?

R: ¡Allí está el detalle!

“Las Constituciones de la República” de los años: 1957, 1965, 1972 y 1982, bajo qué regímenes fueron ‘Decretadas’, sino bajo ‘’Gobiernos Militares’’; haciendo la observación siguiente, el Gobierno, dizque constitucional del ex Presidente, JOSÉ RAMÓN ADOLFO VILLEDA MORALES, no fue producto de Elecciones Generales para Cargos de Elección Popular, porque de recordar muy bien, Él había participado en Elecciones Generales para Cargos de Elección Popular  y su Partido político (P.L.H.) en el Año: 1954 ‘No’ Ganó las elecciones.

Y así nos hemos venido dando Gobiernos, diz qué, democráticos, constitucionales y populares.

Conciudadano hondureño, nosotros los ciudadanos hondureños por nacimiento, hemos ido a votar, incluso, estando roto el ‘orden constitucional’, por ejemplo, en el Año: 2009. Después nos hemos dado ‘Gobiernos sucedáneos’ al Golpe Militar del 28 de junio de 2009 y a tal extremo que, los que nos han Gobernado, todos son ‘traidores a la patria’, y así continuaremos, si no reaccionamos, conforme a la Constitución de la República vigente, cumpliendo el Artículo 40 (1) y ejecutar el Artículo 3, y así condenar a los ‘traidores a la patria’, conforme al Artículo 375.

Ciudadano hondureño:

¿Qué nos pasa?

En este instante tenemos la mejor arma a nuestro alcance y dominio, “LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA”.

Cumplamos, cívica y patrióticamente, los Artículos: 40 (numeral 1); Artículo 3; Artículo 375.

Veámonos en las Elecciones Internas de cada Instituto Político y “NO” votemos por ninguna “Planilla”. Así demostraremos que somos ciudadanos hondureños de verdad y que haremos respetar a nuestro: “Estado de Honduras”.

Y si vamos a Elecciones Generales, hacer fila ante la ‘Urna’ que nos corresponda y “NO” movernos de nuestro lugar, para “NO” Manchar nuestro “Dedo de la Dignidad y Orgullo Nacionales”, en cumplimiento del Artículo 3 (Desobediencia e insurrección).

ARTICULO 3.- Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan lo que esta Constitución y las leyes establecen. Los actos verificados por tales autoridades son nulos. el pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional.

El Poder está en nosotros, porque somos el “SOBERANO”.

ARTICULO 2.- La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por representación.

La suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de ‘traición a la Patria’. La responsabilidad en estos casos es imprescriptible y podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano.

CIUDADANO HONDUREÑO:

Es la Voluntad Soberana la que No debemos de exponer, porque la Patria peligra. ¡AHORA O NUNCA! contra todos estos individuos, corruptos, apátridas y traidores a la Patria.

Atención:

Estos dizques ciudadanos hondureños por nacimiento, como ‘individuos’ debieron haber cumplido el Artículo 40 de nuestra Constitución de la República vigente, al igual que todos nosotros lo estamos haciendo:

ARTÍCULO 40.- Son deberes del ciudadano:

1.        Cumplir, defender y velar porque se cumplan la Constitución y las leyes;

Y como Gobernantes y funcionarios, civiles y militares, al tomar posesión de sus Cargos se les tomó ‘Promesa de Ley’:

ARTICULO 322.- Todo funcionario público al tomar posesión de su cargo prestará la siguiente promesa de ley: "Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes".

CAPITULO XIII

DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO Y DE SUS SERVIDORES

 

ARTÍCULO 321.- Los servidores del Estado no tiene más facultades que las que expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica responsabilidad.

ARTICULO 322.- Todo funcionario público al tomar posesión de su cargo prestará la siguiente promesa de ley: "Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes".

ARTÍCULO 323.- Los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella.

Ningún funcionario o empleado, civil o militar, está obligado a cumplir órdenes ilegales o que impliquen la comisión de delito.

ARTICULO 324.- Si el servidor público en el ejercicio de su cargo, infringe la ley en perjuicio de particulares, será civil y solidariamente responsable junto con el Estado o con la institución estatal a cuyo servicio se encuentre, sin perjuicio de la acción de repetición que éstos pueden ejercitar contra el servidor responsable, en los casos de culpa o dolo.

La responsabilidad civil no excluye la deducción de las responsabilidades administrativa y penal contra el infractor.

ARTÍCULO 325.- Las acciones para deducir responsabilidad civil a los servidores del Estado, prescriben en el término de diez años; y para deducir responsabilidad penal en el doble del tiempo señalado por la ley penal.

En ambos casos, el término de prescripción comenzará a contarse desde la fecha en que el servidor público haya cesado en el cargo en el cual incurrió en responsabilidad.

No hay prescripción en los casos en que por acción u omisión dolosa y por motivos ‘políticos’ se causare la muerte de una o más personas.

ARTICULO 326.- Es pública la acción para perseguir a los infractores de los derechos y garantías establecidas en esta Constitución, y se ejercitará sin caución ni formalidad alguna y por simple denuncia.

ARTÍCULO 327.- La Ley regulará la responsabilidad civil del Estado, así como la responsabilidad civil solidaria, penal y administrativa de los servidores del Estado.

Compatriota y conciudadano, han leído muy bien los Artículos constitucionales que aquí se han expuesto y se ha hecho con la finalidad de que tomemos conciencia de la responsabilidad y obligación que tenemos, el de cumplir nuestra Constitución y demás leyes, marco constitucional y marco legal a los cuales somos sujeto.

Todos nosotros tenemos el derecho de peticionar cualquier Documento público, como la “Sentencia de la Sala de lo constitucional de la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial”, cuando FALLÓ: “HA LUGAR” (N° 514=08) OFICIO N° 3080-SCSJ-2008         

Cumplimentado nuestra Constitución vigente, lea muy bien este y cumpla este ‘derecho constitucional’:

ARTÍCULO 80.- Toda persona o asociación de personas tiene el derecho de presentar peticiones a las autoridades ya sea por motivos de interés particular o general y de obtener pronta respuesta en el plazo legal.

Y en el caso de esta nota, ‘cívica y patriótica’:

ARTICULO 72.- Es libre la emisión del pensamiento por cualquier medio de difusión, sin previa censura. Son responsables ante la ley los que abusen de este derecho y aquellos que por medios directos o indirectos restrinjan o impidan la comunicación y circulación de ideas y opiniones.

ARTÍCULO 74.- No se puede restringir el derecho de emisión del pensamiento por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares del material usado para la impresión de periódicos; de las frecuencias o de enseres o aparatos usados para difundir la información.

Por otro lado:

ARTÍCULO 60.- Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas. Todos los hondureños son iguales ante la Ley.

Se declara punible toda discriminación por motivo de sexo, raza, clase y cualquier otra lesiva a la dignidad humana.

La Ley establecerá los delitos y sanciones para el infractor de este precepto.

ARTÍCULO 63.- Las declaraciones, derechos y garantías que enumera esta Constitución, no serán entendidos como negación de otras declaraciones, derechos y garantías no especificadas, que nacen de la soberanía, de la forma republicana, democrática y representativa de gobierno y de la dignidad del hombre.

ARTÍCULO 64.- No se aplicarán leyes y disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden, que regulen el ejercicio de las declaraciones, derechos y garantías establecidos en esta Constitución, si los disminuyen, restringen o tergiversan.

Y les recordamos a los partidos políticos que, lo que están haciendo, no corresponde al siguiente Artículo 48 constitucional:

ARTICULO 48.- Se prohíbe a los partidos políticos atentar contra el sistema republicano, democrático y representativo de gobierno.

Y la ciudadanía en general:

ARTICULO 42.- La calidad de ciudadano se pierde:

5. Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República; y,

Cuando los traidores a la patria ejercen los primeros destinos, el Gobierno es opresor.

Montesquieu.

Hombres que habéis abusado de los derechos más sagrados del pueblo por su sórdido y mezquino interés! Con vosotros hablo, enemigos de la independencia y de la libertad. Si vuestros hechos, para procuraros una patria, pueden sufrir un paralelo con los de aquellos centroamericanos que perseguís o habéis expatriado, yo a su nombre os provoco a presentarlos. Ese mismo pueblo que habéis humillado, insultado, envilecido y traicionado tantas veces, que os hace hoy los árbitros de sus destinos y nos proscribe por vuestros consejos, ese pueblo será nuestro juez.

LA ESPIRAL DE LA HISTORIA

Por: Alfonso Guillén Zelaya

AYER

La humanidad primera, semiclarividente, Fraternizó las almas y bosquejó el destino; Pero iba sin tragedia, sin lucha, plácidamente, Ciega a las emboscadas futuras del camino.

Ni feudo ignominioso ni oro de la burguesía, Esclavitud y muerte por la tierra sembraron; Ni angustia del mendrugo, ni horror de cesantía Las almas agobiaron.

No existieron nunca la abundancia y el hambre; Entonces no existía ni la ingenua permuta, Ni las cercas de piedra, ni las redes de alambre, Que por todos los campos era libre la fruta.

Eran libres las aguas, la caza, la llanura… Como no había dueños, jamás hubo ladrones;

La vida era de paz, de amor y de dulzura, Las gentes eran buenas en alma y en acciones.

Jamás se vio a unos hombres rodar en la miseria Y a los otros vivir en fastuosas moradas; El mundo fue aquel tiempo la equitativa arteria Que dio a todos la gracia de las cosas creadas.

¡Oh,… los atardeceres de la frescura antigua Envueltos en la paz de los días lejanos,

Cuando todos bajaban a la fuente contigua A beber el agua en el hueco de las manos!

¡Oh,… sol de aquellos siglos que sólo hubiste auroras, No para enviar al surco las legiones de obreros, Sino para que diese la bondad de tus horas, Esperanza a la vida por campos y senderos!

Así en albas y en tardes, por collados y montes, Caminos y llanadas, en hermandad de ovejas, Fue vuestra planta libre dilatando horizontes, Bajo el alegre cielo, dichosas gentes viejas.

¡Que moral más hermosa que esta moral primera De vivir para todos y con todos ser uno, Los hombres no morían en luchas de fronteras Porque la tierra estaba sin valladar ninguno!

¡Oh,… tiempos matinales, oh,… edad de maravilla, Oh,… siglos inefables de inefable ventura, A vuestra vida humilde, fragante y sin mancilla, Se sobrepuso el germen del feudo y de la usura!

HOY

Azuzó el inconforme su afán insatisfecho, Su ansia de predominio su sed de poderío,

Y sobre el cause ególatra de un trágico derecho, Instituyó lo tuyo e instituyo lo mío.

Destruyó el egoísmo la comunión nativa Y dividió la tierra y pervirtió el cariño, Se hundió en la sombra negra la hermandad primitiva Con su frescura de alba y su candor de niño.

Se fue el rumor celeste de las dichas distantes, La quietud perfumada de los días primeros; Se fue la edad dorada que evocara Cervantes En su maravilloso discurso a los cabreros.

Y surgieron señores y surgieron esclavos; Los ricos fueron nobles, los míseros escoria,

Y desde aquel entonces han sido los centavos El móvil de la Historia.

Paz, libertad, justicia…, ilusión, humo, viento… El progreso se gana acaparando tierras,

Con robo de trabajo y robo de talento, Esclavizando pueblos y alimentando guerras.

¡Oh,… civilización de trenes y de aviones Que soplas tu justicia por alquilados cuernos,

Te solaza el incendio de lanas y algodones Mientras millares mueren de frío en los inviernos!

Era de la abundancia, tuya ha sido la suerte De acrecentar miserias y prostituir hogares, El hambre no se sacia de nutrir a la muerte, Y las cosechas ruedan al fondo de los mares.

Era de gran industria, siglo de la finanza, De máquinas veloces y producción en serie, Cada día el milagro de la técnica avanza, Pero hay gentes que ambulan sin techo, a la intemperie.

Tiempos de hierro y oro, edad capitalista, De sedas y de harapos, de diamantes y lodos, Vuestro progreso trágico es progreso esclavista, Nada le concedéis al bienestar de todos.

MAÑANA

Mas nada vuelve estéril el vientre de la vida: Su renovar de mundos, destinos y sistemas

Es fuerza inexorable jamás desfallecida, Y ya entramos al ciclo de las horas supremas.

Y al mundo imperialista, ladrón y ensangrentado, Al mundo de oprimidos y al mundo de opresores, Lo ha de matar el mundo del hombre emancipado, Del hombre sin cadenas, prejuicios ni rencores.

Del hombre colectivo, del hombre solidario, Pero libre en sí mismo, señor de su existencia, Que prescribe al derecho un nuevo diccionario Y en las conciencias forja una nueva conciencia.

Del hombre-especie, nuevo de espíritu y de nombre, Del hombre-humanidad en cuya lucha cesa La tragedia del hombre aniquilando al hombre Para enfrentarse en masa con la Naturaleza.

Gentes del porvenir, compactas y felices, Sin límite de espacios, de patrias ni de océanos, En todos los países hallaréis vuestros países, Sobre la tierra todos serán vuestros hermanos.

Humanidad en lucha, integra, prodigiosa, Entera en tus virtudes y en tu ascensión entera, Por tí la vida toda será como una rosa Abierta en la alegría de la luz venidera.

Obreros, adelante… apretad vuestras filas, Acelerad la Historia, abreviad el destino, Los brazos siempre listos, alertas las pupilas Contra las emboscadas tenaces del camino.

Himno Marcial

José Antonio Domínguez.

Compatriotas: de Honduras los fueros con la vida sepamos guardar si hay tiranos, también hay aceros y es de libres tan solo triunfar.

Los que libres patriotas nacimos la cerviz no inclinamos al yugo: no tenemos ni rey ni verdugo, no tenemos los libres señores.

Nuestra sola deidad es la Patria, nuestro culto sus santos derechos y no acatan más ley nuestros pechos que el deber, la justicia, el honor.

MANIFIESTO DE DAVID

Pretender que las Constituciones de nuestros Estados debieran existir antes que la general, es pedir un imposible, porque los españoles, que nunca fueron ni tan ilustrados ni tan generosos como los ingleses con sus colonos, no nos permitieron otra ley que la voluntad del soberano.

Si la lucha que os propongo es desigual, todas las ventajas de ella están de vuestra parte.

Tenéis en vuestro apoyo:

Que os halláis colocados en el poder, y que nosotros nos encontramos en la desgracia.

Que podéis hacer uso de vuestra autoridad para procurarnos acusadores, que nosotros no encontramos tal vez ni un testigo.

Que os habéis constituido en nuestros jueces, y declarado que somos vuestros reos.

Y en fin, para complemento de vuestro triunfo, todas las apariencias acreditan que el pueblo que nos va a juzgar os pertenece. Pero no importa. Nosotros tenemos la justicia. Vamos a los hechos.

Cuando vosotros disfrutabais de una patria, no podíamos nosotros pronunciar este dulce nombre.

Recordadlo. Vosotros habéis gozado muchos años de los bienes de esa patria que buscáis en vano.

En vuestra patria cometías culpas que se olvidaban por unas tantas monedas, y a nosotros se nos exponía a la vergüenza pública. 

En vuestra patria perpetrabais los más atroces delitos, a los que se les daba el nombre de debilidades para  dejarlos sin castigo, y nosotros sufríamos la nota de infames hasta nuestra quinta generación.

En vuestra patria ejecutabais los crímenes que siempre se quedaban impunes, porque vosotros mismos erais los jueces, y nosotros perdíamos la salud y la vida en los cadalsos.

En vuestra patria ostentabais los honrosos títulos de tiranos, y nosotros representábamos el humillante papel de esclavos.

Esn vuestra patria tenías la gloria tenías la gloria de apedillaros los opresores del pueblo, y gemíamos nosotros bajo la opresión.

¡PORQUE LA LIBERTAD HA RECOBRADO EL IMPERIO DEL ORBE!

José Francisco Morazán Quesada.

 

Ldo. Manuel de Jesús Carías Rodríguez.

C.I. N° 0801-1941-00877


 

¡VALE MÁS UN MINUTO SER: “LIBRE”!

¡QUE TODA UNA VIDA: “ESCLAVO”!

 

 

 

 

lunes, 5 de septiembre de 2016

5 AÑOS PARA CELEBRAR 200 AÑOS DE SUPUESTA "INDEPENDENCIA PATRIA" Y NADA DE CAMBIO RADICAL.




SEPTIEMBRE… MES DE LA “PATRIA”

Lunes, 5 de septiembre de 2016

Compatriota:

Te has puesto a pensar, razonar, reflexionar y meditar acerca de la situación caótica en que nos encontramos todos nosotros, ciudadanos hondureños por nacimiento y de pura cepa, y que hasta este momento no hayamos hecho absolutamente nada por cambiar la situación, esto pondría a reflexionar hasta al más ignorante, porque definitivamente, todos nosotros somos seres humanos, por tanto, tenemos que luchar por ese ‘cambio’.

Razonemos y reflexionemos, el ‘colonialismo español’ duró, 319 años, hasta el 15 de septiembre de 1821; el ‘neocolonialismo’, 193 años, hasta esta fecha, desde el 1 de julio de 1823, cuando la Independencia Definitiva dada en México, lograda por los señores Diputados, representantes de las Nueve (9) Provincias que otrora habían pertenecido a la “Gobernación de Honduras”, y ésta segmentada el 4 de noviembre de 1822 en Tres (3) Comandancias Generales: LEÓN, GUATEMALA Y CHIAPAS.

Conciudadano:

Te has  puesto a pensar que dentro de Cinco (5) años, el 15 de septiembre de 2021, estaremos recordando los ‘Doscientos Años de la emancipación de España’, pero, la emancipación del actual yugo ‘imperialista’ del Sistema Capitalista, como el anterior, no estamos haciendo absolutamente nada, no nos hemos puesto a pensar y reflexionar que, ‘vale más un minuto ser libres que, toda una vida esclavos’, sí, así como lo acabas de leer.

Te explicaré algo que quizá nunca te inquietó, fíjate, el hombre en sociedad, primeramente convivió, lo que la ciencia denominó, “Comunismo Primitivo”, aquí todos eran libres e independientes, el todo era para todos por igual.

Después vino el “Esclavismo”, donde quien gobernaba era el más fuerte, no había ni asomo de la razón, y empieza el dominio del más fuerte en contra del más débil, comienza el dominio y sumisión del más fuerte al más débil, primer sociedad clasista: Amos y Esclavos, y no hay factores de producción.

Seguidamente, el hombre en sociedad y en procura de su bienestar, se supera hacia el “Feudalismo”, originándose los factores de producción, Tierra y Hombre, pero siempre se mantiene la sociedad integrada entre, Señores y Siervos, y aún no aparecen las leyes, sino la complacencia de los antojos, deseos y voluntades de los Señores con Poderes, terrenales y celestiales, porque había sido impuestos por Dios y los Siervos siguen siendo Esclavos.

Y.

Por último, aparecen las leyes en forma de ‘Constitución’ para el Estado, la forma de Gobierno, República o Federación, creándose un nuevo factor de producción, “El Capital”, pero este ‘Capital’ sólo lo poseen los que habían sido considerados Villanos en el feudalismo, comerciantes o burgueses, quienes llegaron a ser la subsiguiente ‘clase pudiente en la nueva sociedad burguesa’ (Banqueros, Industriales, Comerciantes, Agricultores, Ganaderos, Mineros, etc.), o sea, Empresarios Capitalistas.

 

Dijimos que primero surgió en la primer etapa de la vida del hombre en sociedad, Esclavismo, la primer sociedad clasista, Amos y Esclavos; después la etapa, Feudal, Señores y Siervos; y actualmente, Capitalistas y Obreros; lo más curioso es que siempre, los que no poseemos ningún factor de producción, seguimos siendo ‘esclavos’, aunque ahora nos denominan con el término de, Ciudadano, para todos los que componemos la ‘sociedad burguesa’, pero, no somos iguales, porque unos pocos son Ricos y la mayoría absoluta, por no decir la totalidad, somos Pobres (Ignorantes, miserables, mendigos, enfermos).

Bueno. Volviendo a nuestra realidad actual.

¿Qué pasa con eso de la necedad de la “Reelección”?

Sabe usted, conciudadano, que una vez más se ha roto el ‘orden constitucional’ y esto denota que se ha violado una vez más nuestra Constitución de la República vigente (Decreto: 131), cometiéndose delito de ‘traición a la patria’ al desconocer el supuesto de Artículo 374 constitucional.

ARTICULO 374.- No podrán reformarse, en ningún caso, el artículo anterior, el presente artículo, los artículos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al período presidencial, a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por el período subsiguiente.

¿Por qué no ha actuado la institución conocida en nuestra Ley fundamental como: “FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS”?

CAPITULO X

DE LAS FUERZAS ARMADAS

ARTÍCULO 272.- Las Fuerzas Armadas de Honduras, son una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante.

Se constituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el orden público y el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.

Recuerdo esta frase:

“Las ORDENES no se discuten, se cumplen”

Igualmente el Artículo 40 de nuestra Constitución nos obliga a cumplirlo:

ARTÍCULO 40.- Son deberes del ciudadano:

1. Cumplir, defender y velar porque se cumplan la Constitución y las leyes;

2. Obtener su Tarjeta de Identidad;

3. Ejercer el sufragio;

4. Desempeñar, salvo excusa o renuncia con causa justificada, los cargos de elección popular;

5. Cumplir con el servicio militar; y,

6. Las demás que establezcan la Constitución y las leyes.

Conciudadano:

Si esta situación de crisis política continua así, sin darle solución alguna, ya tú sabes que lo primero que tienes que hacer el día de las elecciones generales, convocadas para la fecha programada por el Tribunal Supremo Electoral, nos presentaremos pacíficamente a hacer fila ante la urna de votaciones que nos corresponda, en cualquier sitio del territorio nacional y desde el instante que nos plantemos a esperar la apertura de la realización de las votaciones, nos mantendremos firmes, ni un paso atrás, ni un paso hacia adelante, ‘plantados’, sin ejercer el sufragio, porque este es voluntario, según la ley, y nadie ni nada nos hará avalar una vez más a politiqueros de oficio, corruptos y ‘traidores a la patria’, y esto no es ‘sedición’, es el cumplimiento del Artículo 40 de nuestra Ley Nacional: Constitución de la República vigente, en su numeral 1.

La representación diplomática estará a la expectativa del acontecer de esos comicios electorales en nuestra, República de Honduras, estarán los ‘observadores’ de los diferentes organismos, tanto de América, Europa, África, Asia y Oceanía; ONU, OEA, UNASUR, Etc.

 “La ‘gente’ no sabe nada, si no le enseñamos y mostramos; la ‘gente’ no oye nada, si no le hablamos y explicamos; entonces, usted y yo, que sabemos, porque no le enseñamos, mostramos, hablamos y explicamos a nuestro Pueblo del cómo hacer.

Cuando los traidores a la patria ejercen los primeros destinos, el Gobierno es opresor.  Montesquieu.

Si todas las Autoridades faltan a su obligación, la Libertad peligra, y los que componen la Sociedad se haya en el caso de recobrar la Facultad que allegaron a los que han abusado del Poder.  Francisco Morazán

“Excito a la juventud, que es llamada a dar vida a este país que dejo con sentimiento por quedar anarquizado, y deseo que imiten mi ejemplo de morir con firmeza antes que dejarlo abandonado al desorden en que desgraciadamente hoy se encuentra.”  ― Francisco Morazán.

Himno Marcial

José Antonio Domínguez (Hondureño)

Compatriotas: de Honduras los fueros con la vida sepamos guardar si hay tiranos, también hay aceros y es de libres tan solo triunfar.

Los que libres patriotas nacimos la cerviz no inclinamos al yugo: no tenemos ni rey ni verdugo, no tenemos los libres señores.

Nuestra sola deidad es la Patria, nuestro culto sus santos derechos y no acatan más ley nuestros pechos que el deber, la justicia, el honor.

Consentir que el ultraje nos hiera no sabemos los libres, los bravos: nuestro pueblo no es pueblo de esclavos donde pueda un tirano alentar, cada noble Adalid hondureño contra el vil agresor es baluarte que en los campos gloriosos de Marte solo tiene por lema triunfar.

 

 

Nuestro altivo pendón no se mancha con desleales, inicuas acciones, no se manchan los patrios blasones con infame, oprobioso baldón, porque al punto inflamados destrozando bastilla y cadenas roja sangre al correr por las venas lavará del estigma el borrón.

¡Ay de aquellos que ingratos conspiran contra el bien, la justicia y el civismo! Porque cavan de afrenta el abismo donde muertos sin honra caerán.

¡Ay de aquellos que ciegos de orgullo humillarnos intenten un día! Porque el pueblo en su furia bravía tiene lava y poder de volcán.

Libertad sacrosanta es el solo alto prez de los hijos de Honduras que adelanto, riqueza y ventura nada valen si falta el honor, porque el pueblo aherrojado no es hombre y a tan cruel y amarguísima suerte preferible mil veces la muerte, habitar en la tumba es mejor.

Siempre altivos y ufanos, por eso libertad proclamamos sin vallas, o en reñidas, heroicas batallas se nos mire cual leones luchar y arrastrando el peligro mil veces al rugir de los fieros calibres por la Patria muramos cual libres o que el mundo nos vea triunfar.

Noviembre 1892.

Ldo. Manuel de Jesús Carías Rodríguez. (C.I. # 0801-1941-00877) / www.elorientadorciudadano.blogspot.com

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