¡NADIE
ESTÁ POR ENCIMA DE LA LEY!
(Sábado, 11 de marzo de 2017)
¿QUIÉN LO DIJO?
Yo diría esa frase con toda propiedad, si en
verdad yo fuera un ciudadano hondureño cumplidor de la Ley, pero, si yo ni
siquiera sé que existe una Constitución de La República y desconozco también su
significado, diría que la persona que expresó esa frase está en lo correcto y
que vale la pena creer lo que él piensa y razona;
Otra vez el ‘pero’, pero la verdad es que esa
persona que tanto insiste en pronunciar la frase: “NADIE ESTÁ POR ENCIMA DE LA
LEY”, es el primero en desconocerla.
¿Qué hacer en este caso?
¿Denunciarla públicamente?
Como lo manifestara anteriormente, yo como
ciudadano hondureño cumplidor de mis deberes ciudadanos y tal como lo podemos
encontrar en el Artículo 40 de nuestra Ley fundamental, y hago esta denuncia
pública, y por el hecho de que denuncio que el individuo que dijo esa frase es
un violador de la Ley, y lo peor del caso, ‘traidor a la patria’, porque él
siendo Gobernante para un período de Cuatro (4) años, conforme a la
Constitución, sabe que ella misma ‘prohíbe’ el continuismo y la ‘reelección’,
contenido en los Artículos: 239 y 4 Constitucionales, y porque así lo expresa
el Artículo 374 en el supuesto de ese artículo, y este individuo fue quien se
tomó el atrevimiento de violar los artículos que acabamos de citar, sin importarle
que esta Constitución no pierde su vigencia ni deja de cumplirse por acto de
fuerza (Golpe de Estado Militar) o cuando fuere supuestamente derogada o
modificada por cualquier otro medio y procedimientos distintos del que ella
(Constitución) dispone.
Ciudadano, al darse estos hechos por parte
del que nos dice a nosotros los Gobernados:
¡NADIE ESTÁ POR ENCIMA DE LA LEY!
Solamente haría falta que dijera también:
¡Solo… YO!
Y sabe usted que desde el mismo instante en
que se reformaron esos artículos constitucionales irreformables, todos los
Gobernantes actuales y quienes lo han apoyado, se convirtieron en ‘usurpadores’
de los Poderes de La República, y ‘suplantadores’ de la soberanía popular; lo
peor de todo este caso es que, perdieron la calidad de ciudadanos (reos),
porque así lo expresa el Artículo 42 en su numeral 5:
ARTÍCULO 42.- La calidad de ciudadano se
pierde:
5. Por incitar, promover o apoyar el
continuismo o la reelección del Presidente de la República; y,…
Ciudadano hondureño,… existe una frase que
dice:
¡Hechor y Consentidor: Pena Igual!
¿La conocían?
Muy bien.
Por si acaso usted que lee esta ‘orientación
ciudadana’ (www.elorientadorciudadano.blogspot.com), cuídese en perder su
calidad de ciudadano, convirtiéndose también en ‘traidor a la patria’.
Si usted como votante, no como ‘elector’, va
a ir a votar, no lo haga, porque usted no ha elegido a estos politiqueros de
oficio, sino que quien lo hizo fue el Partido al cual usted está perteneciendo,
entonces, usted solamente es un ‘votante’, a quien aprovechan ellos para llegar
al Poder y enriquecerse a más no poder; ya ellos en el Poder Político, para
nada les importa: El Bien Común. Entonces, el sentido común nos dice que no hay
que ir a votar, por todo lo anterior expuesto.
Todos nosotros los ciudadanos hondureños por
nacimiento, lo que debemos hacer y cumplimentando nuestra Constitución de La
República de Honduras vigente es, cumplir el Artículo 40 en su numeral 1 que
nos manda a: cumplir, defender y hacer que se cumpla La Constitución y demás
leyes.
Ciudadano hondureño, lo que debemos hacer
todos, colectivamente, es renunciar a los partidos políticos a los cuales
estemos perteneciendo, conforme al derecho que nos da Artículo 64 de La Ley
Electoral y de Las Organizaciones Políticas, y organizarnos todos y en todo el
territorio nacional, en Uno Solo Partido Político, porque este acto es
voluntario y así estará seguro nuestro, “Estado de Honduras”, cumpliendo los
Artículos 1 y 2:
TITULO
I: DEL ESTADO
CAPITULO
I
DE LA
ORGANIZACION DEL ESTADO
ARTÍCULO 1.- Honduras es un Estado de
derecho, soberano, constituido como república libre, democrática e
independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la
libertad, la cultura y el bienestar económico y social.
ARTÍCULO 2.- La soberanía corresponde al
pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por
representación.
Ciudadano hondureño:
El día domingo, último del mes de noviembre
de 2017, en cumplimiento del Artículo 3 de nuestra Constitución de La República
vigente, exigiremos el cumplimiento del Artículo 375 Constitucional y lo
haremos sin movernos del sitio que nos corresponda votar, sin dar un paso hacia
adelante o hacia atrás, a la representación de La Organización de Estado
Americanos (OEA) y los representantes de La Organización de Las Naciones Unidas
(ONU), lo mismo que a la representación de La Unión Europea (UE), Prensa
Internacional y Nacional, Cuerpo Diplomático acreditado ente nosotros el Pueblo
y Soberano.
¡VALE
MÁS UN MINUTO SER LIBRES, QUE TODA UNA VIDA ESCLAVOS!
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