sábado, 12 de noviembre de 2016

HONDUREÑO: JUSTO UN (1) AÑO PARA SACAR A LOS TRAIDORES A LA PATRIA Y ENJUICIARLOS.




HONDURAS

¡PATRIA AMADA!

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA

CIUDADANO HONDUREÑO:                                                       # 4

 

Todos nosotros los ciudadanos hondureños por nacimiento, para poder en verdad, considerarnos ciudadanos hondureños, estamos en la obligación de conocer muy bien nuestra Constitución de la República, porque solamente de esa manera y forma es que podemos conocer nuestras obligaciones, derechos y garantías contempladas en ella para todos nosotros, sin distingos de ninguna naturaleza, porque está expresado que todos los ciudadanos hondureños, somos iguales ante la Ley.

Conciudadano:

Presentamos una panorámica de la realidad política actual, la que estamos viviendo todos y cada uno de nosotros los ciudadanos hondureños, quienes somos parte integrante del: “SOBERANO”.

En el año 2000 se nos impuso a nosotros los ciudadanos hondureños un Gobierno ilegítimo, encabezado por ciudadano de origen panameño por todos los costados; el Gobierno de la República estaba integrado así: Presidente del Poder Ejecutivo, el panameño antes mencionado; el Poder Legislativo por ciudadanos hondureños, ‘apátrida’, quienes violaron nuestra Constitución vigente desde el 20 de enero de 1982 al haber reformado el Capítulo XII – Del Poder Judicial (Forma de Gobierno) y hacer reformado artículos ‘irreformables’, como el mencionado anteriormente que resultó en que ahora tenemos una Corte Suprema de Justicia integrada por 15 Magistrados propietarios y para períodos de Siete (7) años, cuando la Asamblea Nacional Constituyente en el anteriormente citado, Capítulo XII, expresa que son Nueve (9) Magistrados propietarios y Siete (7) Magistrados suplentes para períodos de Cuatro (4) años; desde allí venían estos políticos ‘neoliberales’, estar prestos a cualquier mandato u orden del amo a cambiar de Gobierno, porque no conviene a los intereses, financieros y económicos, de ese Grande Poder.

CAPITULO XII

DEL PODER JUDICIAL

ARTICULO 303.- La potestad de impartir justicia emana del pueblo y se administra gratuitamente en nombre del Estado, por magistrados y jueces independientes. El Poder Judicial se integra por una Corte Suprema de Justicia, por las Cortes de Apelaciones y los Juzgados que establezca la ley.

La Corte Suprema de Justicia tendrá su asiento en la Capital de la República, estará formada por nueve magistrados propietarios y por siete suplentes, elegidos por el Congreso Nacional y estará dividida en salas, de acuerdo con lo que disponga el Reglamento Interno de la misma Corte.

ARTICULO 304.- El Presidente de la Corte Suprema de Justicia será electo por el Congreso Nacional, por un período de cuatro años.

ARTICULO 305.- El período de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia será de cuatro años y pueden ser reelectos.

Las vacantes serán llenadas por el período complementario.

Este delito de ‘traición a la patria’ pasó inadvertido por el Pueblo, porque no conoce nuestra Constitución vigente y esto fue el 29 de mayo de 2001. Reformado por el Decreto N° 262-2000 (Gaceta 29,414 del lunes 26 de febrero de 2001; Ratificado por el 38-2001 (Gaceta N° 29,489 del martes 29 de mayo de 2001)

Se lamenta mucho el hecho de que casi todos nosotros los ciudadanos hondureños por nacimiento, nos hayamos dado Gobiernos a cargo de estos ‘neoliberales’ todos, porque todos los Partidos Políticos que el Estado de Honduras a reconocido, todos, pero, todos son de tendencia liberal, por tanto son iguales hechos Gobierno o existe alguno, siquiera, de ideología contraria.

Los ‘traidores a la patria’ nunca han ido a la cárcel y no se les incauta todos sus bienes, porque la Constitución actual se contradice. El Artículo 2 expresa que el ‘Soberano’ es el Pueblo y que de él emanan ‘todos los Poderes del Estado, pero, los Magistrados a la Corte Suprema de Justicia los elige el Poder Legislativo a través del Congreso Nacional, cuando debería ser el Pueblo en Elecciones Generales y tal como se eligen el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, lo mismo que las Corporaciones Municipales y el Parlamento Centroamericano, por tanto no hay JUSTICIA, República, Estado de Derecho y así no existe: “DEMOCRACIA”.

 

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