¡O… SE CUMPLEN LAS LEYES,… 0… SE ROMPEN
LOS CÓDIGOS!
(Martes, 23 de mayo de 2017)
Compatriota
y ciudadano hondureño, la frase con la cual iniciamos esta nota de carácter,
cívica y patriótica, es creación de uno de los grandes Libertadores de nuestra
América del Sud: “Santander”.
Todos
nosotros los ciudadanos hondureños por nacimiento estamos en la obligación de
cumplir nuestra Constitución vigente y demás leyes, porque es uno de los
‘deberes’ tipificado en el Artículo 40
numeral 1 y que además dice que debemos, no sólo cumplir esos mandatos,
sino que defender y hacer que se cumplan.
Qué
estarán pensando los politiqueros de oficio domésticos que están desconociendo
nuestra Constitución y demás leyes, cuando, incluso, están en el Poder como
‘Gobernantes’ en los Tres (3) Poderes de La República, y cuando fueron
juramentados (Artículo 322),
Juraron: ‘Ser fieles a la República, cumplir y hacer que se cumpla La
Constitución y demás leyes’.
¿Qué
pensarán de nuestro Estado de Honduras?
Si
bien es cierto que nosotros El Pueblo nos manifestamos, políticamente, a través
de los diferentes institutos políticos reconocidos formalmente por El Estado,
estos también están obligados a cumplir con la prohibición de atentar contra el
sistema republicano, democrático y representativo de Gobierno (Artículo 48).
¿Qué
les pasa?
¿Será
que acaso se les ha olvidado que ellos son ‘servidores públicos’,
‘mandatarios’, y que el ‘Mandante’ es el “Pueblo”, quien es el ‘Soberano’? (Artículo 2).
Desde
el 20 de enero de 1982 entró en vigencia nuestra Constitución de La República y
veamos el Preámbulo, y al ir leyéndolo, qué de lo allí escrito han logrado
estos ‘seudo’ Gobernantes han logrado en pro del ‘Bien Común’:
‘decretamos
y sancionamos la presente Constitución para que fortalezca y perpetúe un estado
de derecho que asegure una sociedad política, económica y socialmente justa que
afirme la nacionalidad y propicie las condiciones para la plena realización del
hombre, como persona humana, dentro de la justicia, la libertad, la seguridad,
la estabilidad, el pluralismo, la paz, la democracia representativa y el bien
común’.
“Nada… Absolutamente nada”.
Estos
individuos solamente se han dedicado a salvar sus propios intereses egoístas,
sin importarles el bienestar de todos, porque de todos es nuestra “Patria”, la que nos legaron nuestros
antepasados, aborígenes y criollos, que lucharon por entregarnos una tierra:
Libre, Soberana e Independiente.
Si
bien es, también, muy cierto que, todos nosotros los ciudadanos hondureños no
nos hemos dedicado a, siquiera, leer nuestra Constitución y demás leyes, eso no
nos incapacita a reaccionar como verdaderos ciudadanos, y máxime en momentos en
que la ‘seguridad’ de nuestro “Estado
de Honduras”, ‘peligra’, sí, porque sin Constitución dejaríamos de ser: “ESTADO”.
Ambicionamos
que todos y cada uno de nosotros los ciudadanos hondureños por nacimiento,
tomáramos conciencia, cívica y patriótica, ante este crimen que han cometido
todos estos políticos delincuentes, aprovechados, corruptos, vendepatrias,
apátridas al fin, en cometer el delito craso de ‘traición a la patria’.
Desde
el mes de mayo de 2001 en que tomó
posesión del ‘Gobierno’, El Partido Nacional de Honduras, liderado por un
‘panameño’, quien se desempeñó como Presidente del Poder Ejecutivo, gracias al
‘Presidente del Congreso Nacional del Poder Legislativo del Gobierno del
Partido Liberal de Honduras’, saliente, cuando acató las órdenes del ‘Amo’, de
reconocer, conforme a La Constitución de La República de Honduras y en el Artículo 23, a este extranjero como
ciudadano hondureño por nacimiento; siendo así como en ese mes de mayo se reforma
‘El Capítulo XII Del Poder Judicial’
en varios de sus artículos, cometiéndose así el delito de ‘traición a la
patria’, porque ‘la forma de gobierno’ es un artículo irreformable contenido en
el Artículo 374.
¿Cómo
así?
La
Asamblea Nacional Constituyente nos legó en La Constitución que, el ‘Poder
Judicial’ debería estar conformado en La Corte Suprema de Justicia, por Nueve (9) Magistrados Propietarios y Siente (7) Magistrados Suplentes, y para
Períodos de Cuatro (4) Años; pero,
no, estos ‘traidores al patria’ la reformaron así: 15 Magistrados para Períodos de Siete (7) Años.
Luego
en el mes de octubre de 2003
volvieron a la tarea de seguir violando nuestra Constitución y cometiendo
delito de ‘traición a la patria’, pero ahora en los Artículos: 240 y 239.
Compatriota
y ciudadano hondureño: ¿Qué cree usted que pretendían en ese momento?
R:
Lo mismo que están haciendo,… ‘continuismo
y reelección’.
Le
preguntaré acerca del “Golpe de Estado”:
¿Por
qué cree usted que se llevó a cabo?
Y
que conste. Recuerda usted que el Jefe de las Fuerzas Armadas, no sé si de
Honduras, había sido destituido por el Comandante en Jefe, “Presidente del
Poder Ejecutivo”, quien es el único que tiene la ‘potestad de hacerlo’ y
reemplazarlo por otro. (Artículo 245
numeral 16-37).
Ldo.
Manuel
de Jesús Carías Rodríguez.
CI N° 0801 – 1941 – 00877
CIM N° 33610
“U.
N. A. H.” N° 7710742
Teléfonos
Móviles: 7216.9148 ó 7216.9151
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